Las ayudas del Consell a los propietarios para la conservación de estos bienes protegidos ascienden a casi 500.000 euros. Una cifra que con el tiempo no aumenta
M. ELENA VALLÉS. PALMA. El número impresiona: 1.726 Bienes de Interés Cultural registrados en Mallorca. Pese a ello, Joan Pascual, secretario de la Associació per a la Revitalització dels Centres Antics (ARCA), cree que sigue siendo una herramienta jurídica poco utilizada en la isla: "Balears es una de las comunidades autónomas con menos BIC".
La figura Bien de Interés Cultural nació con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Todos los bienes que fueron declarados ese año pasaron a serlo de la comunidad cuando en 1998 se aprobó la legislación autonómica de Patrimonio Histórico, a partir de la cual se han declarado hasta nuestros días un total de 98 BIC.
El director insular de Patrimonio, Biel Cerdà, cree que desde que el actual equipo de gobierno tomó las riendas del Consell, en julio de 2007, el ritmo de declaraciones protectoras es elevado. En total se ha otorgado la máxima protección a seis edificios o conjuntos históricos. En 2008, se han incoado los expedientes de cinco bienes más y en 2009, dos. Todos ellos pendientes de declaración final.
En el registro oficial de BIC, llamativo es el hecho de que 1.142 bienes fueran declarados Monumento Histórico Nacional en 1966, merced a decretos de Franco. Todos ellos pasaron a ser BIC automáticamente en 1985 por la Ley de Patrimonio Histórico Nacional. Otros decretos promulgados por el caudillo reconocieron protección a varios monumentos prehistóricos y protohistóricos de Mallorca (yacimientos arqueológicos), según un inventario elaborado por Mascaró Pasarius. En el año 1949, se produjo también una declaración genérica mediante la cual se protegieron todos los castillos y la arquitectura defensiva. En este caso, el arquitecto Gabriel Alomar participó en la elaboración del listado de las torres de defensa de la isla. También hubo una declaración genérica para proteger todas las creus de terme.
Aparte de todos estos distintos modos de declarar monumentos, que en el 85 se convirtieron en BIC, algunos de los edificios más importantes de Palma fueron protegidos mediante declaraciones individuales. Tales son los casos de Sa Llonja y la Seu, protegidas en 1931.
Llucmajor es el municipio que lidera el número de BIC declarados. El total asciende a 172 bienes, en su mayoría yacimientos arqueológicos. Le sigue Manacor, con 130, y en tercer lugar Campos, con 107. Palma, pese a ser la capital, consigue 84.
Según la ley autonómica de Patrimonio, cualquier obra que haya que realizar en un inmueble afectado por la incoación de BIC deberá ser previamente autorizada por la comisión de Patrimonio del Consell, que pauta a partir de criterios técnicos. Los propietarios de todos aquellos bienes que sean declarados BIC adquieren automáticamente una serie de deberes según la legislación. Entre ellos, cabe señalar que los dueños deben conservar, mantener y custodiarlos. En caso de incumplimiento del deber de conservación, las administraciones públicas competentes podrán ordenar a los propietarios la ejecución de las obras indispensables para mantenerlos. En caso de que no las ejecuten, las instituciones podrán hacerlo cargando el coste directamente a los propietarios. Éstos están obligados también a colocar elementos señalizadores para informar de que se trata de un BIC y poner a la vista pública los bienes, al menos cuatro días al mes y en días y horas señalados. La ley también contempla la posibilidad de imponer infracciones por el mismo motivo o por daños en el Bien de Interés Cultural. Las multas pueden ir desde los 600 a los 600.000 euros.
Desde que existe la ley, a Cerdà no le consta que jamás se haya multado a nadie.
Ante la potestad de declarar BIC, la administración también debería adquirir ciertas responsabilidades. Así lo piensa Pascual de ARCA, quien cree que "las obligaciones públicas se deben corresponder con las exigencias que imponen a los propietarios de BIC mediante la colaboración administrativa y también ciudadana". En este sentido, Pascual apunta a que las subvenciones institucionales para reformar BIC no son suficientes. Apunta a otras posibilidades de ayuda como que la rebaja del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) "debería ser mayor" o la implantación de créditos blandos a los propietarios con un interés muy bajo.
Cerdà aportó los datos exactos sobre las subvenciones que convoca el Consell para reformar Bienes de Interés Cultural. En 2009 se abre una convocatoria que asciende a más de 290.000 euros. En tema de arqueología, las subvenciones ascienden a 200.000.
Pese a que las ayudas no sean elevadas, el director insular cree que la actuación de la Administración tiene que ser muy clara y no debe buscar una excusa para no proteger un elemento. "Está claro que la riqueza patrimonial de la isla imposibilita a la institución subvencionarlo todo", añade.
Pascual cree asimismo que en algunas ocasiones no se está empleando la figura jurídica adecuada de protección. "A veces, hay cosas que deberían ser BIC que no están ni catalogadas. Y bienes que no están catalogados, porque los ayuntamientos a los que pertenecen no son patrimonialistas históricamente, y que deberían estarlo, y que en consecuencia el Consell los hace BIC". Para que cada bien contara con la protección adecuada, Pascual cree que debería potenciarse la colaboración entre el Consell y los ayuntamientos.
M. ELENA VALLÉS. PALMA. El número impresiona: 1.726 Bienes de Interés Cultural registrados en Mallorca. Pese a ello, Joan Pascual, secretario de la Associació per a la Revitalització dels Centres Antics (ARCA), cree que sigue siendo una herramienta jurídica poco utilizada en la isla: "Balears es una de las comunidades autónomas con menos BIC".
La figura Bien de Interés Cultural nació con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Todos los bienes que fueron declarados ese año pasaron a serlo de la comunidad cuando en 1998 se aprobó la legislación autonómica de Patrimonio Histórico, a partir de la cual se han declarado hasta nuestros días un total de 98 BIC.
El director insular de Patrimonio, Biel Cerdà, cree que desde que el actual equipo de gobierno tomó las riendas del Consell, en julio de 2007, el ritmo de declaraciones protectoras es elevado. En total se ha otorgado la máxima protección a seis edificios o conjuntos históricos. En 2008, se han incoado los expedientes de cinco bienes más y en 2009, dos. Todos ellos pendientes de declaración final.
En el registro oficial de BIC, llamativo es el hecho de que 1.142 bienes fueran declarados Monumento Histórico Nacional en 1966, merced a decretos de Franco. Todos ellos pasaron a ser BIC automáticamente en 1985 por la Ley de Patrimonio Histórico Nacional. Otros decretos promulgados por el caudillo reconocieron protección a varios monumentos prehistóricos y protohistóricos de Mallorca (yacimientos arqueológicos), según un inventario elaborado por Mascaró Pasarius. En el año 1949, se produjo también una declaración genérica mediante la cual se protegieron todos los castillos y la arquitectura defensiva. En este caso, el arquitecto Gabriel Alomar participó en la elaboración del listado de las torres de defensa de la isla. También hubo una declaración genérica para proteger todas las creus de terme.
Aparte de todos estos distintos modos de declarar monumentos, que en el 85 se convirtieron en BIC, algunos de los edificios más importantes de Palma fueron protegidos mediante declaraciones individuales. Tales son los casos de Sa Llonja y la Seu, protegidas en 1931.
Llucmajor es el municipio que lidera el número de BIC declarados. El total asciende a 172 bienes, en su mayoría yacimientos arqueológicos. Le sigue Manacor, con 130, y en tercer lugar Campos, con 107. Palma, pese a ser la capital, consigue 84.
Según la ley autonómica de Patrimonio, cualquier obra que haya que realizar en un inmueble afectado por la incoación de BIC deberá ser previamente autorizada por la comisión de Patrimonio del Consell, que pauta a partir de criterios técnicos. Los propietarios de todos aquellos bienes que sean declarados BIC adquieren automáticamente una serie de deberes según la legislación. Entre ellos, cabe señalar que los dueños deben conservar, mantener y custodiarlos. En caso de incumplimiento del deber de conservación, las administraciones públicas competentes podrán ordenar a los propietarios la ejecución de las obras indispensables para mantenerlos. En caso de que no las ejecuten, las instituciones podrán hacerlo cargando el coste directamente a los propietarios. Éstos están obligados también a colocar elementos señalizadores para informar de que se trata de un BIC y poner a la vista pública los bienes, al menos cuatro días al mes y en días y horas señalados. La ley también contempla la posibilidad de imponer infracciones por el mismo motivo o por daños en el Bien de Interés Cultural. Las multas pueden ir desde los 600 a los 600.000 euros.
Desde que existe la ley, a Cerdà no le consta que jamás se haya multado a nadie.
Ante la potestad de declarar BIC, la administración también debería adquirir ciertas responsabilidades. Así lo piensa Pascual de ARCA, quien cree que "las obligaciones públicas se deben corresponder con las exigencias que imponen a los propietarios de BIC mediante la colaboración administrativa y también ciudadana". En este sentido, Pascual apunta a que las subvenciones institucionales para reformar BIC no son suficientes. Apunta a otras posibilidades de ayuda como que la rebaja del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) "debería ser mayor" o la implantación de créditos blandos a los propietarios con un interés muy bajo.
Cerdà aportó los datos exactos sobre las subvenciones que convoca el Consell para reformar Bienes de Interés Cultural. En 2009 se abre una convocatoria que asciende a más de 290.000 euros. En tema de arqueología, las subvenciones ascienden a 200.000.
Pese a que las ayudas no sean elevadas, el director insular cree que la actuación de la Administración tiene que ser muy clara y no debe buscar una excusa para no proteger un elemento. "Está claro que la riqueza patrimonial de la isla imposibilita a la institución subvencionarlo todo", añade.
Pascual cree asimismo que en algunas ocasiones no se está empleando la figura jurídica adecuada de protección. "A veces, hay cosas que deberían ser BIC que no están ni catalogadas. Y bienes que no están catalogados, porque los ayuntamientos a los que pertenecen no son patrimonialistas históricamente, y que deberían estarlo, y que en consecuencia el Consell los hace BIC". Para que cada bien contara con la protección adecuada, Pascual cree que debería potenciarse la colaboración entre el Consell y los ayuntamientos.